¿Qué es un conflicto de intereses?
“El conflicto de intereses podría definirse como aquella conducta en que incurre un servidor público, contraria a la función pública, en la que, movido por un interés particular prevalente o ausente del interés general, sin declararse impedido, toma una decisión o realiza alguna gestión propia de sus funciones o cargo, en provecho suyo, de un familiar o un tercero y en perjuicio de la función pública. Por ello, la norma exige que, ante la pugna entre los intereses propios de la función y los particulares del funcionario, éste deba declararse impedido, pues es la manera honesta de reconocer la existencia de esa motivación y el deseo de cumplir con las funciones del cargo de manera transparente e imparcial."
Consejo de Estado. Radicación 11001-03-25-000-2005-00068-00 C.P. César Palomino Cortés.
¿Por qué identificar y declarar conflictos de intereses?
Los conflictos de intereses ponen en riesgo la obligación de garantizar el interés general del servicio público y afectan la confianza ciudadana en la administración pública.
Por ello, es necesario que los servidores públicos y contratistas conozcan sobre las situaciones en las que sus intereses personales pueden influir en el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, en beneficio particular, afectando el interés público, con el fin de que puedan ser advertidos y gestionados en forma preventiva, evitando que se favorezcan intereses ajenos al bien común.
Es necesario promover una cultura de integridad en los servidores públicos que permitan prácticas preventivas para evitar que el interés particular interfiera en la realización del fin al que debe estar destinada la actividad del Estado y así no incurrir en actividades que atenten contra la transparencia y la moralidad administrativa y en ocasiones puedan constituirse en actos de corrupción o faltas disciplinarias. Registre aquí la declaración de bienes y rentas y conflictos de interés ley 2013 de 2019.
Características de los conflictos de intereses
Las principales características de los conflictos de intereses son:
• Implican una confrontación entre el deber público y los intereses privados del servidor.
• Son inevitables y no se pueden prohibir debido a que los servidores públicos tienen familiares y amigos que podrían estar involucrados en alguna decisión laboral.
• Pueden ser detectados y declarados voluntariamente antes de que existan y generen irregularidades o corrupción.
• Por medio de su identificación y declaración se pretende preservar la independencia de criterio y el principio de equidad de la función pública.
• Se pueden constituir en un riesgo de corrupción y si se materializa, se incurrirá en actuaciones fraudulentas o corruptas.
• Afecta el normal funcionamiento de la administración pública.
Tipos de conflicto de intereses
Con el fin de analizar si la situación que se enfrenta es un posible conflicto de intereses y gestionarlo adecuadamente, los conflictos pueden clasificarse de tres formas:
Real:
Cuando el servidor ya se encuentra en una situación en la que debe tomar una decisión en la que tiene un interés particular.
Potencial: Cuando el servidor tiene un interés particular que podría influir en sus obligaciones como servidor público, sin estar en ese momento en la situación de riesgo de conflicto de intereses. La situación puede presentarse en el futuro.
Aparente: Cuando el servidor público no tiene un interés privado, pero frente a la sociedad este podría ser considerado como un conflicto de intereses y afectaría su imagen profesional y la de la entidad.
¿Qué debo hacer ante una situación de conflicto de intereses?
El trámite del conflicto de intereses se puede iniciar de dos formas:
Declaración de impedimento
Recusación.
El Sanatorio de Agua de Dios Empresa Social del Estado, es una entidad pública del nivel central del Gobierno Nacional, que presta atención integral al paciente Hansen y brinda servicios de salud de baja complejidad, con calidad, humanización, seguridad del paciente y sostenibilidad, contribuyendo la gestión del conocimiento, enfocado en la asistencia especial en Hansen, la preservación de la memoria histórica de la enfermedad y la atención primaria en salud, identificando e interviniendo las comorbilidades asociadas en la población atendida y caracterizada, para disminuir la incidencia de la enfermedad, promoviendo el fortalecimiento y mantenimiento de hábitos y estilos de vida saludables para el individuo, la familia y la comunidad.
Para el 2031 el Sanatorio de Agua de Dios Empresa Social del Estado será una entidad con estándares superiores de calidad en salud reconocida por los pacientes con enfermedad de Hansen, habitantes del territorio nacional y los actores del sistema de salud, por ser líder en el diagnóstico, seguimiento y tratamiento de la enfermedad de Hansen, que gestiona el conocimiento científico y se compromete con la humanización, autocontrol, calidad y seguridad en la atención de servicios de salud basado en atención primaria con énfasis en los pacientes de los programas de Hansen.
Mejorar el Sistema integrado de Gestión en la entidad mediante el fortalecimiento del talento humano, el ambiente físico, la tecnología e información a través de la articulación con el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud -SOGCS con el fin de responder a las necesidades y expectativas del individuo, familia y comunidad mediante atención segura y humanizada.
Fortalecer el programa Hansen brindando atención integral al paciente y sus convivientes a través de la asistencia, capacitación y vigilancia epidemiológica, para contribuir al diagnóstico temprano de la enfermedad, tratamiento y rehabilitación.
Gestionar los recursos financieros en forma eficiente, mediante una adecuada planificación y ejecución de los mismos, contribuyendo al cumplimiento de las metas y políticas financieras y económicas del gobierno nacional.
Generar cultura de AUTOCONTROL, para lograr el objetivo de la administración de asegurar, tanto como sea factible, la conducción ordenada, eficiente y eficaz de la entidad, incluyendo adhesión a las políticas de administración, la gestión del riesgo, la salvaguarda de activos, la prevención y detección de fraude y error.
Fortalecer el talento humano para lograr el desarrollo pleno de sus competencias, con vocación de servicio, motivación y compromiso.
Implementar el modelo de Atención primaria en salud con asistencia del equipo interdisciplinario, que permita identificar las necesidades de la población vulnerable desde la promoción de la salud y prevención de la enfermedad para garantizar la cobertura de la población.
De acuerdo al Decreto 3040 de 1997 “Por el cual se aprueba el Acuerdo número 011 de 1996, del sanatorio de Agua de Dios, empresa social del Estado.” en su Capítulo I naturaleza jurídica, denominación, objeto, principios básicos y objetivos, Articulo 5. Objeto y Funciones establece:
El Sanatorio de Agua de Dios, empresa social del Estado, tiene como objeto la especial prestación del servicio de salud a cargo del Estado, a los enfermos de Hansen y sus convivientes, con carácter de servicio público e igualmente prestar el servicio de salud a toda la comunidad y como parte de la Seguridad Social bajo el Régimen jurídico de las Empresas Sociales del Estado, con jurisdicción en todo el territorio nacional en razón a su carácter de entidad pública nacional.
Para efectos del cumplimiento del objeto propuesto, la Empresa Social del Estado tendrá las siguientes funciones:
Prestar atención médica a los enfermos de Hansen y a sus convivientes.
Asistir a los inválidos y enfermos de Hansen albergados en las instituciones oficiales dependientes del sanatorio.
Llevar a cabo programas de rehabilitación física y social para los enfermos de Hansen.
Administrar las instituciones oficiales dedicadas al internamiento o albergue de enfermos de Hansen que se encuentran bajo su dependencia.
Administrar los subsidios destinados a los enfermos de Hansen de su jurisdicción de conformidad con las normas vigentes.
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Desarrollar programas de promoción y prevención en salud.
Ofrecer y prestar a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a las demás personas naturales o jurídicas que lo soliciten, servicios y paquetes de servicios o tarifas competitivas en el mercado.
Prestar servicios de salud a la población residente en el municipio de Agua de Dios, y su área de influencia, conforme a la ley.
Administrar, ampliar y mejorar las instalaciones que patrimonialmente estén a su cargo en los casos en que sea necesario.
Satisfacer las necesidades de entorno, adecuando permanentemente sus servicios y funcionamiento, para el cumplimiento de sus funciones.
Garantizar la rentabilidad social y financiera de la Entidad en su conjunto, mediante un manejo gerencial adecuado.
Promover y mantener un ambiente laboral humanizado y solidario en cumplimiento de las funciones aquí indicadas.
Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria, establecidos por la ley y los reglamentos.
Efectuar procedimientos quirúrgicos en el área de su competencia.
Realizar estudios dermatológicos, micológicos y otros, que sirvan de apoyo diagnóstico y/o permitan el desarrollo de nuevas tecnologías a través de la investigación.
Actuar como órgano consultor del Ministerio de Salud, para la elaboración de normas en el manejo de las persona B con patologías de piel.
Promover, recomendar y dirigir las políticas y estrategias para el desarrollo de la educación y divulgación de la salud, en el área de su especialidad.
Adquirir, enajenar, gravar y administrar bienes muebles e inmuebles, o limitar su dominio, para los fines de sus funciones.
A través del Ministerio de Salud, acordar con entidades nacionales o internacionales la instalación, ampliación y mejoramiento de las instalaciones para garantizar la prestación de los servicios que le son propios y celebrar convenios de asistencia y cooperación técnica y científica, acorde con las normas de derecho nacional e internacional, según el caso.
Liquidar, cobrar y recaudar el valor de los servicios que presta.
Formular y proponer políticas, planes, programas y normas para el desarrollo del sistema de salud en el área dermatológica para fomento de la salud, la prevención y el control de enfermedades, as i como respecto de sus factores de riesgo.
11.1 Medios de seguimiento para la consulta del estado de las solicitudes de información pública
Estimado Usuario para realizar la consulta de su PQRSD favor enviar su solicitud al correo
11.2 Formulario para la recepción de solicitudes de información pública
Para realizar su solicitud ingrese al siguiente enlace Registro de Solicitud, una vez ingrese deera realizar el registro al sistema donde se le solicitara sus datos personales, información de contacto, tenga en cuenta que acuerdo a la Ley 1712 de 2014 podra Registre su solicitud tanto a nombre propio como de forma anonima. Una vez realice su solicud el sistema le generar un radicado con el cual podra realizar seguimiento al estado de sus solicitud.
Igualmente tambien podra realizar la consulta del Estado de su Solicitud de Información Pública favor a travez del correo
11.3 Costos de reproducción de la información pública del Sanatorio de Agua de Dios ESE
El Sanatorio de Agua de Dios ESE, de acuerdo a la Resolución No. 10.36.190 de 2018, modifico el valor de las fotocopias y certficaciones, esta resolución la podra descargar ingresando al siguiente enlace. Descargue aqui.
El Sanatorio de Agua de Dios ESE, de acuerdo a la Res_10.39.053_2022 , Por la cual se fijan los costos en la expedición de los documentos en físico y en medios electrónicos en el Sanatorio de Agua de Dios. ESE, esta resolución la podra descargar ingresando al siguiente enlace. Descargue aqui.
11.4 Carta de Trato Digno
El Sanatorio de Agua de Dios Empresa Social del Estado, tiene como misionalidad la prestación del servicio de salud de los pacientes Hansen e igualmente presta los servicios de salud a toda la comunidad en general. El objetivo de este documento es garantizar a nuestros usuarios una comunicación de sus derechos y deberes y facilitar los diferentes canales de comunicación con que dispone la entidad para cualquier solicitud de sus PQRSD, igualmente esta carta resalta el compromiso de nuestra entidad de brindar servicios con calidad y trato humanizado. Para consutlar el documento ingrese al siguiente enlace. Descargue aqui.
11.5 Comunicados a los Grupos de Valor y de Interes
A través de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se desarrolla el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, suprimir, actualizar y rectificar todo tipo de datos personales recolectados, almacenados o que hayan sido objeto de tratamiento en bases de datos en las entidades del públicas y privadas.
La Corte Constitucional lo definió como el derecho que otorga la facultad al titular de datos personales de exigir de las administradoras de esos datos el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de los datos, así como la limitación en las posibilidades de su divulgación, publicación o cesión, de conformidad con los principios que regulan el proceso de administración de datos personales. Asimismo, ha señalado que este derecho tiene una naturaleza autónoma que lo diferencia de otras garantías con las que está en permanente relación, como los derechos a la intimidad y a la información.
En atención a la mencionada Ley se estableció el Registro Nacional de Bases de Datos – RNBD, el cual es un directorio público de las bases de datos con información personal sujetas a tratamiento que operan en el país, acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012.
Para consultar el Registro de DATOS RNBD del Sanatorio de Agua de Dios ESE, realice la búsqueda en Sistema de la SIC para Bases de Datos, y digite en el campo Nombre o Razón Social: “Sanatorio de Agua de Dios ESE”, junto con el código de referencia. En todos los casos el Sanatorio de Agua de Dios E.S.E. solicitará la autorización previa, expresa e informada, cuando recolecta datos personales a través de la página web, en los supuestos que no están cubiertos por la excepción de solicitud de autorización del artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
La Página Web del Sanatorio de Agua de Dios ESE fue sometida a escaneo través de la herramienta https://www.tawdis.net/ para Accesibilidad y Usabilidad, con base en a los resultado la entidad, realizo ajustes e implemento herramientas de accesibilidad que facilitan su navegabilidad, los invitamos hacer uso de las herremientas de accesiblidad incorporadas en la pagina que encontrara en la parte inferior izquierda.
+57 (601) 8345000 Ext. 1130 - 1120
+57 (601) 8345000 Ext 1111
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